Retomo la actividad bloguera para hablar sobre el XVI Convenio de Consultoría, que se firmó en diciembre y entrará en vigor tras su publicación en el B.O.E. previsiblemente a finales de febrero.
La primera duda que se me ocurre que podría surgirle a quien no haya estado al día de lo que ocurría es “¿por qué sólo lo ha firmado CC.OO.?”
Me han llegado comentarios, provenientes de trabajadores y en algunos casos de otros sindicatos, en el sentido de que hemos querido firmar un convenio solos para perjudicar a los trabajadores o porque algo sacábamos. Esto es totalmente falso. De hecho, aunque no tiene todo lo que pedíamos, el nuevo convenio contempla alguna de las mejoras que pedimos. Fue cuando la sombra de la huelga (organizada por CC.OO.) comenzó a amenazar el ambiente, cuando la patronal (encabezada por la AEC) nos propuso un borrador. En ese momento nos tocó evaluar dos cosas:
- Si haciendo huelga íbamos a conseguir más de lo que había en ese borrador.
- La necesidad de firmar un convenio de cara a garantizar las tablas salariales frente a la crisis que teníamos encima.
De ahí que sólo hayamos firmado hasta 2009. Este año empezaremos de nuevo a movernos para mejorar el siguiente convenio.
Las condiciones del XVI Convenio son una frontera de mínimos y máximos que no deberían rebasarse, no unas condiciones que tengan que cumplirse literalmente. Obviamente, todas las condiciones que tengamos en nuestras empresas y que mejoren las que figuran en el convenio, se mantienen, y de hecho así se especifica en su artículo 8.
En resumen, hemos firmado este convenio, no para reducir las condiciones de quienes las tuvieran mejor, sino para mejorar las de aquellos trabajadores que en sus empresas aplicasen el convenio “a pelo”, que son muchas. Es importante tener un convenio sectorial fuerte, ya que ésta será la base en torno a la cual podremos ir mejorando las condiciones en nuestros lugares de trabajo. Por ejemplo, se ha fijado por vez primera el número máximo de horas anuales e incluido una jornada intensiva de verano. Vale, en mi empresa es más larga, ¿pero cuánta gente hemos visto que ni siquiera tenía nada?
¿Y qué es lo que cambia? He aquí un resumen de las principales mejoras:
- Actualización de las tablas salariales en un t0tal del 8,4%
- Subida mínima del 2% para 2009
- Jornada anual máxima de 1.800 horas (1.808 en algunos casos)
- Jornada de verano obligatoria.
- Acumulación de lactancia en 15 días de permiso.
- Obligación de negociar el plan de igualdad.
- Consideración del acoso sexual y acoso por razón de sexo como falta muy grave.
Estoy de acuerdo en que no es todo lo que queremos, pero es un paso más hacia un convenio sectorial fuerte. La lucha por la mejora de derechos es dura y frustrante en ocasiones, pero estos pasos nos animan a seguir adelante, para todos y todas.





en mi empresa, del sector de la consultoría, las subidas 2009 son 0% ¿es esto legal a la luz del convenio?
comentario por rafa hortaleza — 10 Febrero, 2009 @ 11:31 pm |
Yo me he visto en la misma situación que tú. Hay una cláusula en este y anteriores convenios, la cláusula de absorción, que permite que te suban el sueldo base y te bajen los complementos, para que la subida real sea 0%.
¿Qué es lo que pasa? Que llega un momento que si tus complementos son muy bajos no te los pueden bajar más y la subida es real.
Así que lo que hacen es legal, aunque sea una putada. Queremos quitarla cuanto antes, a ver si lo conseguimos para el siguiente, que es prioritario. Lo quisimos quitar para éste, pero no se pudo.
comentario por Toni — 11 Febrero, 2009 @ 12:28 am |
perfecto gracias por la info. Estoy afiliado a COMFIA pero era más sencillo preguntar aquí
gracias otra vez.
comentario por rafa hortaleza — 11 Febrero, 2009 @ 11:37 pm |
Por que tarda tanto en publicarse el convenio en el BOE va a tardar casi 2 meses, en otras ocasiones no tardó tanto.
comentario por Jose Luis — 12 Febrero, 2009 @ 9:03 am |
Pues no sé porqué tarda tanto, la verdad es que me extraña, pero no sé cómo funciona todo ese papeleo.
comentario por Toni — 16 Febrero, 2009 @ 4:50 pm |
Juas, el problema es que este convenio no se cumple en muchas empresas.
Mejoras “Jornada de verano obligatoria. ”
Juas juas y mas juas. eso habra que verlo
“ornada anual máxima de 1.800 horas (1.808 en algunos casos)” bien!! nos hemos quedado a solo 8 horas del limite maximo anual del ET. Way
“Obligación de negociar el plan de igualdad.”
Mas juas todavia. En porgramacion suele haber una 90% – 10% y dentro de poco sera propfesion solo para hombres
Lo dicho que con unos sindicatos como los que tenemos mejor hacerse de la patronal e intentar sacar tajada -_-
comentario por fukaijin — 25 Febrero, 2009 @ 12:58 pm |
y que pasa con los que tenemos vacaciones obligatorias en agosto, no tenemos derecho a la jornada de verano???
comentario por Maria — 27 Febrero, 2009 @ 2:57 pm |
Yo creo que han perdido el acta en el Ministerio para que sea publicado por que no tiene sentido que desde que el 19 de Diciembre fuese presentado para su publicacion se hayan publicado docenas de convenios colectidos posteriores a este y este aun no sea publicado, o lo han perdido o lo estan retiendo por alguna razon.
comentario por Hunt — 28 Febrero, 2009 @ 5:01 pm |
Jejeje, seguro que lo estan reteniendo para poner la clausula de “Mejora absorbible con caracter retroactivo”, para no pagarnos los atrasos.
comentario por Pepe — 2 Marzo, 2009 @ 11:18 am |
Creo que ya lo tienen… TODO es absorbible
comentario por Jose — 4 Marzo, 2009 @ 1:24 pm |
Trabajo para una consultora y en mi contrato se especifica que me afecta el convenio de “consultoria tecnologica”
¿Se refiere a este?
comentario por Airos — 10 Marzo, 2009 @ 2:36 am |
Pues yo estoy deseando como agua de mayo que se publique ya, porque me afecta directamente.
Mi empresa es una consultora, y yo estoy de baja por maternidad. Al intentar negociar con la empresa la acumulación de horas de lactancia para alargar la vuelta al trabajo (antes de leer el XVI convenio) , 1º – me amenazaron con la calle, 2º – me acabaron dando 7 dias laborables (ey,…y como un favor, ¿eh?).
En el momento en que se publique el convenio serán 15 dias naturales, que realmente serán 11 laborables, pero que ya son 4 dias más de lo que me dan ahora.
He sido muy criticada por querer exigir esos 4 dias más, pero es que… ¡tengo derecho! Así que ya veis, desde finales de enero mirando el BOE todas las mañanas, y desesperándome viendo que no se publica. Y es cierto, otros convenios firmados a finales de enero ya han sido publicados. No entiendo por qué éste no.
comentario por Sandra — 10 Marzo, 2009 @ 9:51 am |
Se estan publicando muchisimos pero musimos posteriores a este.
Desde CCOO deberian de preguntar a que se debe tantisimo retraso, que va ya para cerca de 3 meses.
Sandra creo que como te incorpores antes de que salga el nuevo convenio no tendras derecho a los 15 dias t tal como esta la cosa se prevee para largo.
comentario por Hunt — 10 Marzo, 2009 @ 6:53 pm |
Airos el que haces referencia creo que es el “Convenio colectivo de la empresa Consultoría Tecnológica para el Comercio, S.L” el que se ha firmado y se comenta aqui es el “Convenio Sectorial Estatal de empresas consultoras de planificación, organización de empresa y contable”
Mucho nombre para lo malo que es.
comentario por Hunt — 10 Marzo, 2009 @ 7:08 pm |
En mi empresa estamos aburridas de mirar el boe todos los días esperando a la actualización de las tablas salariales. Este año no nos han subido nada, y con la miseria que cobramos no vendría mal una revisión salarial cuanto antes. Además a este paso vamos a cobrar los atrasos en 2.023.
¿Alguien puede darnos alguna explicación acerca de tantísimo retraso? ¿Por qué CCOO no hace nada al respecto? Por favor, ¡nos interesa a todos!
comentario por Laia — 12 Marzo, 2009 @ 8:51 am |
Una pregunta sobre el nuevo convenio y el tema de jornada intensiva obligatoria:
Quien determina el horario exacto? La empresa sola? La empresa con la aprobacion del comite de empresa? Podria ser que se hiciera una jornada intensiva PARTIDA?!!?!?
Muchas gracias!
comentario por Mireia — 17 Marzo, 2009 @ 3:47 pm |
Hola, tengo una pequeña gran duda. A principios de este mes, se me notificó el “fin de obra” de mi contrato, vamos, que me despidieron, sigo trabajando hasta el dia 27, y observo que el convenio todavia no se ha publicaco en el boe. La cuiestón sería si en el finiquito tendría que incluirse el abono de los atrasos, ya que he trabajado durante 16 meses y no he recibido ninguna suida salarial durante este periodo de tiempo. Agradecería cualquier comentario al respecto.
Muchas gracias por anticipado
comentario por Oscar — 20 Marzo, 2009 @ 1:10 am |
Oscar hasta que no salga publicado en el BOE nada de nada y a este paso me parece que se va a juntar con el siguiente convenio, definitivamente o lo han perdido o lo tienen retenido en el Ministerio.
Si conoceis al sindicalista de vuestra empresa comentarselo para que le de un toque a CCOO a ver que pasa.
comentario por Hunt — 20 Marzo, 2009 @ 9:12 pm |
Desesperante, seguimos igual… De verdad, ¿no hay alguna manera de averigüar qué pasa con este convenio? ¿A quién se le podría preguntar?
comentario por Sandra — 21 Marzo, 2009 @ 9:35 am |
¿Nadie sabe cómo sigue esto? Creo que somos muchos los que revisamos el BOE a diario… estaría bien tener alguna clase de certeza, porque últimamente todo son dudas.
comentario por Inquieto — 24 Marzo, 2009 @ 12:35 pm |
La unica certeza es que segun la “Patronal” y “CCOO” el Convenio se presento para publicar el 19 de Diciembre y se estan publicando actualmente convenios que han salido en MARZO, asi que esto huele mal muy mal, la unica forma de enterarse bien es preguntanto a CCOO que fueron quienes presentaron el convenio en el Ministerio, si alguno sabe quien es el sindicalista de su empresa que se lo comente a ver si el se puede enterar como encargado de estos temas en la empresa contactando con CCOO.
De todas formas me parece mi que esto va para largo, son muchas las empresas adheridas a este convenio y quizas no les conviene que salga en estos tiempos de crisis.
comentario por Hunt — 24 Marzo, 2009 @ 8:21 pm |
Por lo que sé, uno de los motivos del retraso ha sido corregir lo de la categoría que estaba por debajo del SMI para los menores de 18.
Mireia, la jornada intensiva se elaborará al hacer el calendario anual. Si hay representación legal de los trabajadores en tu empresa, éste debería hacerse de forma negociada. En cualquier caso, será en los meses de verano y en ningún caso se puede hacer partida, porque el concepto de jornada intensiva es el que no haya jornadas partidas, sino continuas.
comentario por Toni — 26 Marzo, 2009 @ 10:05 am |
Lo de que a las empresas no les interesa que salga lo suscribo. De hecho, al actualizar el IPC de 2007, 2008 y 2009 ha habido una subida del 8,5%
De todas formas, tampoco creo que les pique demasiado cuando no hemos conseguido quitar aún la cláusula de absorción y compensación, ya que la patronal se cerró en banda en este punto. Es complicado alcanzarlo cuando hacemos una concentración y sólo vamos delegados y delegadas, pero vamos a seguir peleando para que se quite, como se ha quitado en otros convenios de otros sectores.
comentario por Toni — 26 Marzo, 2009 @ 10:07 am |
Mañana se acaba mi contrato… el convenio no esta publicado verdad? Puedo ir despidiendome de cobrar atrasos… Dos años trabajando sin una miserable subida salarial y ahora esto… Encima de parado, sin un duro de atrasos. Que injusto es el mundo. Alguien sabría si tengo alguna opción de protesta? aunque sea el pataleo.. Saludos
comentario por Oscar — 26 Marzo, 2009 @ 12:46 pm |
Podrás efectuar una reclamación de cantidades, si cobras exclusivamente por convenio, por ley la reclamación de cantidades hay un plazo de 1 año para interponerla.
Lo que están haciendo con éste convenio es vergonzoso, es el único caso que he visto que tarden en el BOE en publicar 3 meses y medio, nos lo están haciendo desear.
comentario por MAYTE — 27 Marzo, 2009 @ 11:37 am |
Hola… todavía no se ha publicado en el BOE porque las prisas siempre son malas y en este caso no podia ser diferente.
El problema, según parece ser, es que se ha firmado con tablas salariales por debajo del salario mínimo interprofesional y lo han tirado para atrás. Somos muchos los delegados de CCOO que no estamos satisfechos de como se ha gestionado la participación, la democracia y la transparencia en todo este proceso y, este “pequeño” detalle nos hace reflexionar sobre si estamos en un sindicato o en un chiringuito (de los de fidalgo) y si es el mejor sitio para defender y avanzar en nuestras condiciones de trabajo
comentario por Lenin — 30 Marzo, 2009 @ 10:56 am |
Mi duda es la siguiente. Yo firme mi finiquito como no conforme a falta de cobrar los atrasos del 2007, esto es de principios del 2008. El tema es que como el convenio no se ha publicado todavia no he podido reclamar esos atrasos. Y ahora leo que tengo un año para reclamar, el cual ya ha pasado porque yo me fui en febrero del 2008 de mi antigua empresa, por lo que no se si se puede reclamar o no. ¿podrias aclararme esto?
comentario por Duditativo — 30 Marzo, 2009 @ 2:06 pm |
Ya esta publicado el Convenio en el BOE de 4 de Abril.
comentario por Hunt — 4 Abril, 2009 @ 10:23 pm |
Una pregunta:
¿Por qué no se montan entre todos Uds. una COOPERATIVA y se ponen las condiciones laborales que les dé la real gana?
¿Es que son Uds. masoquistas?
Si tan malas son las condiciones y Uds. son tan buenos profesionales que aportan tantísimo en los proyectos y merecen el oro y el moro, ¿Por qué siguen ahí???
Ah!!! Que es que ni Uds. mismos se contratarían los proyectos ya que son los primeros en saber que lo que en realidad son es una PANDA DE VAGOS.
Ya decía yo….
Ale majetes!!!, a seguir robándonos a los trabajadores reales. Que del cuento vivís muy bien…
comentario por Sindicaleros=Parásitos — 29 Abril, 2009 @ 4:03 pm |
Mi pregunta es sobre la jornada intensiva, y espero que me contestes porque es importante:
¿La jornada intensiva de verano se recupera durante el año?
¿Cuantos meses ha de durar?
Si estoy obligada a cojer al menos 15 días de vacaciones en agosto y en mi empresa pretenden hacer la jornada intensiva en ese mes, ¿pierdo la mitad de mi jornada intensiva? en realidad pretenden que me coja todas las vacaciones en agosto y perderla entera, pero se que solo estoy obligada a 15 días
Gracias
comentario por Elena — 8 Mayo, 2009 @ 10:29 am |
Disculpad mis retrasos, voy a contestar un par de las últimas cuestiones que me habéis preguntado.
Dubitativo,
No estoy seguro, tendría que verlo con un abogado que lo sepa mejor que yo, pero creo que al pasar el año lo pierdes. Por favor, que si alguien lo sabe mejor que yo me corrija.
Sindicaleros=Parasitos,
Te voy a contestar lo mejor que pueda, sin ninguna acritud y de buen rollo
En todos los sindicatos, sin excepción, hay gente trabajadora, que se deja la piel para mejorar las cosas, y gente vaga, aprovechada, que intenta chupar del bote. Muchos se preguntarán por qué pasa ésto y la respuesta es que un sindicato no es un ente divino que esté por encima de los trabajadores, sino que está formado por los propios trabajadores y trabajadoras. Por tanto, al estar formado por toda clase de personas, hay muchos tipos de sindicalista. Y CC.OO. no es una excepción.
¿Si aportamos mucho a los proyectos? Obviamente, depende. Hay delegados y delegadas que se centran en su proyecto y no usan sus horas sindicales, delegados aprovechados y delegados currantes, como ya he dicho antes.
Por tanto, creo que en este caso lo criticable no son los sindicatos al completo, sino algunos sindicalistas, a los que yo soy el primero en criticar. Pero ten en cuenta que no todos somos así.
Personalmente, puedo presumir que no vivo del cuento y os aseguro que cuando te implicas en serio curras más y echas más horas. Me metí en esto porque me lo creo y si he sido capaz de ofrecerme a ser delegado, es mi deber ser responsable y currar.
Elena,
El convenio no obliga a coger 15 días de vacaciones en agosto, a no ser que tu empresa ya fije un período de vacaciones al sacar el calendario laboral del año.
El Estatuto de los Trabajadores dice que “se fijará de común acuerdo entre el
empresario y el trabajador”. Además, deberás conocerlas con 2 meses de antelación.
Lo de que la mitad de las vacaciones las pone tu empresa y la otra mitad tú es una leyenda urbana, que probablemente se deba a algún juicio en el que empleado y empresa no se ponían de acuerdo y algún juez dijese “pues la mitad cada uno”, pero no es vinculante.
Respecto a la jornada intensiva, no es recuperable. Es decir, que si te vas de vacaciones en fechas de jornada intensiva, la pierdes. Esto es así para las empresas que ahora la pongan en agosto y para las que ya la tenían.
comentario por Toni — 11 Mayo, 2009 @ 11:21 am |
Hola. En la empresa para la que trabajo no tenemos joranda intensiva y tienen pactadas jorandas de 40 horas semanales con el cliente durante todo el año. Si acepto hacer las mismas horas durante el mes de agosto puedo exigirle a la empresa que el exceso sea considerado como horas extra? y tengo la misma duda con el cómputo de horas anuales, si se superan las 1800 horas trabajadas es posible solicitar que la diferencia sea abonada por la empresa?.
Muchas gracias. Saludos!
comentario por Rocío — 14 Mayo, 2009 @ 3:41 pm |
Mi empresa tiene dos meses de jornada intensiva de (8:00 a 14:30), y yo al estar en cliente tengo el horario del cliente de 8 horas diarias no intensivas.
¿tengo derecho a al menos la jornada intensiva de agosto.? O al estar en cliente que en consultoría somos la mayoría no tenemos derecho a esto.
En el convenio pone que si estas prestando servicios a un cliente debes cumplir el horario de este, pero seguido pone que el total mensual no puede exceder el de mi empresa.
Si mi empresa en Julio y Agosto tienes 32 horas semanales, ¿yo debo estar también como máximo 32 horas?
Puedo tener jornada intensiva
comentario por juanma — 20 Mayo, 2009 @ 3:59 pm |
Buenos dias:
Trabajo en una consultora informatica y nos han enviado un correo a los trabajadores diciéndonos que tenemos que pillarnos el 80% de las vacaciones entre julio y agosto (son los 2 meses de jornada intensiva). Yo trabajo en cliente y mi empresa factura 7 horas diarias en estos dos meses (el resto del año factura 8). El motivo de la imposición vacacional es exclusivamente económico pues mi empresa da identico soporte todos los meses del año.
Ocurre que yo deseo irme de vacaciones el mes de septiembre. La pregunta es: “A 23 dias laborables de vacaciones, ¿cual es el mayor numero de dias que la empresa me puede imponer en un periodo determinado? ¿cuantos dias puedo elegir cuando yo desee?
Muchas gracias.
comentario por Roberto Sanz — 28 Mayo, 2009 @ 11:42 am |
En mi empresa, sí hay jornada intensiva, pero como yo estoy en cliente, hago todo el año 40 horas semanales. El convenio de mi empresa es de las consultas. ¿Puedo exigir a mi empresa algo? ¿Jornada intensiva? ¿Días de vacaciones? ¿Horas extras?
Vaya lío de convenio, empresa y cliente!!!
comentario por Prueba — 5 Agosto, 2009 @ 5:11 pm |